El TEAC recrimina a hacienda su base de las investigaciones en los despidos próximos a la jubilación

Álvaro Calleja Méndez

El Tribunal ve con preocupación que la razón más imperativa en dichas investigaciones sea la edad

El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) ha emitido una decisión que marca un hito significativo en las prácticas de inspección fiscal llevadas a cabo por Hacienda. Esta resolución del TEAC se presenta como un revés para la Agencia Tributaria, limitando su capacidad para realizar inspecciones masivas en relación con los despidos de empleados cercanos a la edad de jubilación.

La cuestión central gira en torno a las inspecciones que Hacienda ha estado realizando durante años sobre los ceses laborales, particularmente aquellos en los que los trabajadores se acercan a la edad de jubilación. La sospecha que ha motivado estas inspecciones es la posibilidad de que estos despidos sean, en realidad, salidas pactadas entre el empleador y el trabajador. En tales acuerdos, el trabajador podría recibir una indemnización lo suficientemente cuantiosa como para sobrellevar el período hasta que comience a recibir su pensión de jubilación, evitando además la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) al considerarse exenta esta indemnización en caso de despido. Sin embargo, la legislación fiscal estipula que esta exención no se aplica si el cese laboral es resultado de un acuerdo entre ambas partes.

El TEAC ha reprendido a Hacienda por basar sus inspecciones y las subsiguientes regularizaciones fiscales exclusivamente en la proximidad de la edad de jubilación de los trabajadores cesados. En una resolución emitida el 18 de diciembre, el TEAC ha rechazado las regularizaciones en el IRPF realizadas por Hacienda a dos trabajadores despedidos, señalando que el único indicio presentado por la Inspección para demostrar que los ceses fueron pactados fue la edad de los afectados.

Tribunal Económico Administrativo Central. Fuente: elEconomista.es

Este fallo del TEAC establece un precedente importante, subrayando la necesidad de contar con evidencia sustancial más allá de la mera coincidencia temporal con la edad de jubilación para justificar inspecciones fiscales y regularizaciones en casos de despidos. Es un recordatorio de que la ley fiscal exige una prueba sólida de que los ceses laborales son genuinos y no resultado de acuerdos entre el empleado y el empleador para evitar el pago de impuestos sobre la indemnización por despido.

La decisión del TEAC implica una llamada de atención para Hacienda, instándola a revisar sus métodos de inspección y asegurarse de contar con fundamentos sólidos antes de proceder con regularizaciones fiscales en casos similares. Además, destaca la importancia de respetar los derechos de los contribuyentes y evitar la aplicación arbitraria de la ley fiscal en situaciones donde no exista una base sustancial para respaldar las acciones del fisco.

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