ir a Europea Media

Giro de 360 grados en el “caso Funnydent»

 

La jueza titular del juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Navalcarnero (Madrid) archiva el caso “Funnydent”. Tras un largo tiempo de deliberación se ha considerado que no ha habido ningún delito de estafa por parte de Cristóbal López vivar, Administrador de las clínicas dentales Funnydent, sino que se considera que ha sido un episodio de mala gestión empresarial. Por lo que el  juez archiva el caso al no considerar estafa sino mala gestión empresarial.

La magistrada entiende que el administrador no cobró anticipadamente  ningún dinero a los miles de pacientes con los que contaban las diferentes clínicas dentales, sino que considera que López gestionó mal su negocio hasta llevarle a la ruina.

El caso contaba con 2481 denuncias partes, los denunciantes declararon que había una estafa que rondaba a los 10 millones de euros, esto ocasiono la clausura de decenas de estas clínicas dentales, aunque con el paso del tiempo se ha ido autorizando la apertura de muchas de estas clínicas que hay repartidas por España.

El auto establece que «del informe emitido por la administración concursal, junto con las actuaciones a petición del Ministerio Fiscal, se desprende que no ha existido irregularidad que pueda ser penalmente reprochable, al margen de la responsabilidad civil y concursal del investigado».

Se recuerda en el mismo auto que para declarase estafa se necesita una intención de beneficiarse un  propio o un tercero, en este caso en la documentación aportada y en las cuentas bancarias embargadas no se ha notado ningún ánimo de ese tipo o ningún incremento económico  en el patrimonio del que se ha beneficiado el investigado. Todo lo contrario, la mala gestión derivó, no sólo en un perjuicio para los clientes, sino en uno propio para su único administrador, el cual tenía todos sus bienes registrados a nombre de dichas mercantiles», añade.

En el veredicto se concluye con  concluye la resolución, «las actuaciones practicadas sólo ponen de manifiesto un posible incumplimiento contractual de naturaleza civil carente de trascendencia penal, por lo que procede el mencionado archivo de la causa, sin perjuicio de la acciones que los denunciantes puedan ejercer ante la jurisdicción civil».

La juez   afirma que no hubo engaño y se piensa que el negocio no solo no fue diseñado para estafar, sino que incluso podía haber seguido siendo rentable con medidas como el concurso voluntario o incluso con un ERE.

DIEGO COGOLLUDO TORRES (@cogolludo1)

Sobre el Autor

Campus de Villaviciosa de Odón - Madrid
Email: europeamedia@europeamedia.es

Europea Media es la clínica de medios de la Universidad Europea. Europea News es el periódico digital de la clínica de medios.

Síguenos